Beneficio impositivo y accesibilidad laboral para personas con discapacidad

El proyecto de ley presentado por la diputada Elizabeth Campos y el diputado Raúl Muñoz del Partido Demócrata Cristiano, buscaría asegurar el cumplimiento del cupo por discapacidad en la normativa que regula un mínimo del 4% del personal con dichas condiciones en cada organismo estatal.

Legislatura Neuquina30/06/2021Redacción NARedacción NA
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A tal fin, la norma modifica la ley 1634.

El articulado agrega a la normativa vigente que, en caso de no poder ocupar el cargo la persona con discapacidad porque no reúna las condiciones de idoneidad necesarias o no pudiera hacerlo debido a su condición física o intelectual, lo hará el familiar directo a cargo. 

A la vez, la propuesta añade que los empleadores de personas con discapacidad o de personas a cargo, para aquellos casos en que la persona con discapacidad no esté en condiciones de desempeñarse laboralmente, tendrán derecho a deducir el total de las retribuciones básicas correspondientes al personal efectivo y permanente con discapacidad de la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Con igual criterio, las personas con discapacidad que realicen trabajos por cuenta propia, quedan exentas del pago del mismo tributo. 

Los fundamentos retoman los lineamientos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que indican que la mayoría de las personas con discapacidad viven en condiciones de pobreza. En ese marco, se deben tomar todas las medidas pertinentes, para reformar o derogar las normativas y modificar las costumbres y prácticas que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad, a fin de mejorar su calidad de vida, asegundado condiciones de acceso a mejores condiciones de salud, educación, transporte, rehabilitación integral, información y trabajo.

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