Lucila Crexell impulsa cambios en la aprobación de los DNU

Politica 02 de abril de 2024 Por Redacción
La senadora nacional neuquina propone que ese tipo de normas debería tener aprobación de las dos cámaras parlamentarias para conservar su validez.
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La senadora nacional neuquina Lucila Crexell impulsa una modificación en el régimen para la validación legislativa de los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación. En concreto: pide que los DNU deban ser aprobados por las dos cámaras del Congreso para mantener la validez, cosa que ahora se consigue sólo con la venia de la mitad más uno de los presentes en una sesión de cualquiera de los dos estamentos legislativos.
 
En pleno debate del DNU 70/2023 del gobierno de Javier Milei, la legisladora neuquina presentó un proyecto que levanta la idea plasmada en uno anterior que perdió estado parlamentario, mientras dormía en alguno de cientos de cajones del amoblamiento de las oficinas parlamentarias.
La modificación que plantea Crexell apunta a un trámite que fue validado en 2006, durante la presidencia de Néstor Kirchner, por iniciativa de la entonces legisladora Cristina Fernández de Kirchner, que simplificó el paso de los DNU por el Congreso. ¿Cómo? Dejando firmes los textos de las DNU con la aprobación de una sola cámara, por más que la otra lo rechace.

La senadora nacional neuquina se metió en el tema en pleno debate del decreto de Milei que está vigente, salvo en las partes impugnados por los tribunales, sobre todo del ámbito laboral. Esa norma modifica una cantidad de leyes, por lo cual es clave para el gobierno, de cara a la ejecución del plan que implica trastocar casi todas las reglas que regulan la vida económica, política y social.

La vigencia del DNU de Milei se mantiene intacta gracias a la normativa kirchnerista para este tipo de normas, que depende solo de la voluntad del Presidente. La modificación de la regulación de los DNU fue impulsada varias veces por diferentes sectores de la política, siempre ubicados en la oposición al momento del planteo. No prosperó hasta ahora. Crexell se puso a la cabeza de un nuevo intento, con pronóstico reservado por el momento.

La senadora neuquina acordó trabajar en pos de los intereses del gobernador Rolando Figueroa en la Cámara Alta del Congreso, aunque su condición permanente es la libertad para pararse de acuerdo a sus propios intereses desde que revista en Senadores. Ingresó en 2013 por el MPN, luego renovó la banca en 2019 en la boleta de Juntos por el Cambio. Y desde diciembre acordó apoyar a Figueroa. En 2025 termina su mandato.

En la iniciativa se detalla que, una vez ingresado un DNU y “dentro de las 48 horas de vencido el plazo” de 10 días hábiles “sin que la Comisión Bicameral Permanente -de Trámite Legislativo- haya elevado el correspondiente despacho, las Cámaras se abocarán de oficio al expreso e inmediato tratamiento del decreto”.

El texto planteado por Crexell para modificar el tratamiento de los DNU contempla: “La voluntad de cada Cámara debe manifestarse expresamente. El silencio de una de las Cámaras no será entendido como una sanción tácita o ficta de los decretos, sino que importará su derogación, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Constitución Nacional”.

La reglamentación actual expresa que la Comisión Bicameral de Tratamiento de los DNU tiene diez días desde la firma de una norma de esas características para dictaminar despacho y enviarlo a las dos cámaras para su tratamiento. En caso de que el plazo se cumpla sin que la comisión haga su trabajo, cada legislador tiene potestad de pedir el tratamiento del DNU en el plenario directamente.

La modificación de Crexell apunta a la forma en la que se convalida el DNU. Consigna: “El rechazo por una de las Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación, de acuerdo a lo que establece el artículo 5 del Código Civil y Comercial de la Nación, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia”.

Origen: https://www.lmneuquen.com/neuquen/golpe-milei-lucila-crexell-impulsa-cambios-la-aprobacion-los-dnu-n1103151

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