Rechazan el decreto que mantiene la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria
La movilidad jubilatoria es una “previsión” con pleno contenido social cuya cuantía puede fijarse de diferentes modos. Su finalidad, basada en la garantía constitucional, consiste en un mecanismo de aumento que debe acompañar las prestaciones en el transcurso del tiempo, reforzándolas en la medida que decaiga su valor con estricta relación a los salarios en actividad.
Sin embargo, la Ley 27.541 (de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública) dispuso la suspensión, por un plazo de 180 días, de la movilidad jubilatoria del Régimen General, y además estableció que para junio de este año, los legisladores debían elaborar una nueva fórmula. Frente al contexto de pandemia, el gobierno nacional consideró “absolutamente imposible” construir una movilidad “seria” ante la volatilidad de la economía. En ese marco, y a través de una medida “arbitraria”, se pretende prorrogar hasta fin de año la suspensión de la movilidad jubilatoria, y a cambio otorgar aumentos trimestrales por decreto, en tanto se establezca una nueva fórmula de movilidad general.
Bajo esta modalidad, informan los diputados y las diputadas, el aumento para jubilados y pensionados será del 6,12% a partir de junio, lo que lleva la jubilación mínima a 16.864 pesos, y el haber máximo a 113.495 pesos. Si la ley no se hubiera suspendido, el aumento sería de un 10.89%, acotan. “Por ello consideramos que las previsiones significan un achatamiento de la escala de las jubilaciones, lo cual puede interpretarse como confiscatorio y regresivo y un ultraje al bolsillo de los jubilados”, agregan en la fundamentación.
El proyecto de declaración está firmado por Ayelén Quiroga, Luis Aquín, Lucas Castelli, Leticia Esteves, César Gass y Karina Montecinos de Juntos por el Cambio.