
Declararon en rebeldía a los acusados de un robo en San Martín de los Andes
Los sospechosos no asistieron a la audiencia judicial programada, lo que llevó a la fiscalía a solicitar su declaración de rebeldía.
Claudio Javier Sanhueza fue condenado a la pena de 2 años y 6 meses de prisión por tener un arma de guerra sin su debida autorización. El monto fue unificado con otra condena que tenía, en un total de 7 años y 6 meses.
Judiciales04/04/2025Fue por pedido del fiscal del caso Hernán Scordo y del asistente letrado Federico Surá.
En febrero de este año, Sanhueza fue declarado responsable por el delito de tenencia ilegítima de arma de guerra, por un hecho que ocurrió el 23 de marzo de 2024, a las 18, en la localidad de San Martín de los Andes, en la que el imputado tenía, sin la debida autorización legal, un arma de guerra.
El pasado 31 de marzo y 1 de abril se realizaron las audiencias de cesura de la pena, en la que la fiscalía requirió la pena de 2 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento.
Luego de escuchar a las partes, el tribunal conformado por los jueces Nazareno Eulogio, Federico Sommer y Juan Pablo Balderrama, hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal (MPF), que no fue controvertido por la defensa, y condenó a Sanhueza a la pena de 2 años y 6 meses de prisión.
Unificación de penas
En segundo término, las partes discutieron la pena final que le corresponderá cumplir, teniendo en cuenta que al momento de cometer el hecho, el acusado estaba cumpliendo una pena, desde el 2020.
En ese contexto, Surá indicó que en el 2019, Sanhueza fue condenado por el Tribunal Oral Federal N°1 de Neuquén, a seis años de prisión, por tráfico de estupefacientes: uno en calidad de tenencia para comercialización y otro en calidad de transporte.
Agregó, que estamos frente a un caso de unificación de penas, “un delito cometido con posterioridad a la firmeza de una condena por un delito anterior, cuya ejecución no está finalizada, es decir que el imputado se encuentra en cumplimiento de la pena”, indicó Sura.
La fiscalía manifestó que la escala penal sobre la que se debe partir, empieza con un mínimo de 5 años, por el delito de tráfico de estupefacientes, y llega a 50 años. “Tenemos la pena de 6 años de prisión y la nueva pena de 2 años y medio, unificando ambas penas solicitamos 8 años de prisión”, señaló el asistente letrado, quien junto al fiscal, pidió la declaración de primera reincidencia del imputado.
“Tenía un cumplimiento parcial de la pena que se le había impuesto; es por esto que a la pena de 2 años y 6 meses debe acompañarlo la declaración de reincidencia y la unificación de pena”, indicó el asistente de la fiscalía.
Por su parte, la defensa se opuso a la declaración de reincidencia y planteó que debía unificarse sólo el tiempo que restaba cumplir de la pena, solicitando la aplicación de la pena única de 2 años y medio de prisión efectiva.
“Nuestro sistema argentino tiene el régimen de pena, en el que una misma persona no puede estar cumpliendo dos penas a la vez, tiene que cumplir una única pena y hay que unificarla”, indicó el tribunal, quien luego de deliberar, resolvió imponer la pena única de 7 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento y declaró la primera reincidencia de Sanhueza.
Los sospechosos no asistieron a la audiencia judicial programada, lo que llevó a la fiscalía a solicitar su declaración de rebeldía.
Este código permitirá a vecinos y vecinas, poder acceder a la página del Ministerio Público Fiscal y aportar datos sobre la venta de drogas en sus barrios. El aporte de dicha información será anónimo, seguro y confiable.
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La solicitud la hizo el fiscal del caso, Hernán Scordo, al juez.
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