
Piden que declaren responsable a una mujer por un intento de robo en una pizzería
La solicitud la hizo el fiscal del caso, Hernán Scordo, al juez.
El mismo, integrado por dos juezas y un juez no respaldó el pedido del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid para que tres personas imputadas por el vertido de barros cloacales en el basural de San Martín de los Andes fueran declaradas responsables, y dispuso absolverlas.
Judiciales14/09/2023La resolución, dictada por unanimidad, fue dada a conocer hoy al mediodía. El fiscal jefe había requerido que los dos acusados, P.W y P.W, y la acusada, Julieta Muñíz Saavedra (ex funcionaria municipal), fueran declarados responsables penales por el delito de contaminación peligrosa para la salud pública, en calidad de coautores los dos primeros; y para la exfuncionaria incumplimiento de deberes de funcionario público, en calidad de autora, en concurso ideal con el delito de contaminación peligrosa para la salud pública, en calidad de coautora, por comisión por omisión en su posición de garante.
El tribunal consideró que la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal no fue probada, por lo que absolvió a las tres personas acusadas.
La teoría del caso que propuso el fiscal jefe durante el juicio tuvo que ver con el vertido de barros cloacales sin tratamiento en una ex cantera que, mediante un convenio, estaba destinada a un relleno sanitario con residuos domiciliarios. Breide Obeid, quien intervino en el juicio junto a la asistente letrada Julieta González, explicó que esa situación se extendió por dos años, entre 2017 y 2019, y responsabilizó por ello a los acusados y a la acusada, en la medida que se afectó aproximadamente a 6000 vecinos y vecinas de barrios lindantes.
En el veredicto informado hoy, el tribunal consideró que los barros vertidos no se encuadran en la categoría de residuo peligroso determinada por la legislación que refirió la fiscalía, lo que “impide avanzar en análisis siguiente, sobre la existencia o no de contaminación, y se impone la absolución de los dos imputados y de la imputada”.
La sentencia con los argumentos completos estará disponible en un plazo máximo de 10 días, tras el cual, la fiscalía analizará una eventual impugnación.
La solicitud la hizo el fiscal del caso, Hernán Scordo, al juez.
El fiscal general se reunió con Carlos Saloniti, y Luis Madueño, intendente de Junín de los Andes, y acordaron empezar a trabajar en conjunto en la zonificación de las ciudades para las investigaciones de microtráfico de drogas.
Claudio Javier Sanhueza fue condenado a la pena de 2 años y 6 meses de prisión por tener un arma de guerra sin su debida autorización. El monto fue unificado con otra condena que tenía, en un total de 7 años y 6 meses.
El gobernador Figueroa aseguró que frente a las profundas transformaciones sociales, tecnológicas y normativas de los últimos tiempos se necesita una administración de justicia con mayor celeridad, inmediatez y que garantice el acceso a la justicia de los ciudadanos.
La imputada ingresó al local gastronómico ubicado en el barrio Los Radales, utilizando un cuchillo.
El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y el Ministerio Público Fiscal firmaron convenios clave para abordar la problemática de manera integral.
Se firmó en Houston, y representa una segunda etapa del Programa de Desarrollo de Proveedores, que incluye un financiamiento de 800 millones de pesos y asistencia técnica del Centro Pyme ADENEU a las PyMEs proveedoras de Pan American Energy.
Denominada ''de Interés Turístico, Ambiental y Cultural”, se trata de la primera ruta de la provincia que obtiene esta clasificación por sus cualidades paisajísticas y culturales.
Fue definido por el Consejo de la Magistratura de Neuquén. El rosarino cosechó un puntaje perfecto en la entrevista personal, lo que le permitió ganar el concurso.
La solicitud la hizo el fiscal del caso, Hernán Scordo, al juez.
El acto fue acompañado por la Fanfarria “el hinojal” del Regimiento de Caballería de Exploración 4 Coraceros Gral. Lavalle, bajo la dirección musical del Maestro de Banda Mayor Alejandro Daniel Gallo.