
Declararon en rebeldía a los acusados de un robo en San Martín de los Andes
Los sospechosos no asistieron a la audiencia judicial programada, lo que llevó a la fiscalía a solicitar su declaración de rebeldía.
De acuerdo a lo expresado por Manuel González, Fiscal del caso, la única información aportada que había era anónima, a partir de la cual se ordenó su captura. Indicó que se realizaron extracciones de material genético y el informe pericial concluyó que no se observó perfil genético de la imputada.
Judiciales29/08/2024El fiscal del caso Manuel González requirió que P. L. C, una mujer que se encontraba acusada por el homicidio de Alfredo Roca Jalil, cometido en Junín de los Andes, sea sobreseída por falta de pruebas.
A fines de abril de este año, P. L. C fue acusada por el homicidio de Alfredo Roca Jalil, cometido el 14 de abril de 2014 y por el que ya fue condenado por un jurado popular Gabriel Darío Salcedo. El delito atribuido fue homicidio en ocasión de robo, en calidad de coautora (artículos 165 y 45 del Código Penal).
El requerimiento lo hizo ayer durante una audiencia. González explicó que ya transcurrieron 10 años desde el homicidio, en el que Salcedo fue condenado teniendo a partir de las pericias de ADN en la habitación de Roca Jalil. En el caso de la imputada la única información aportada que había era anónima, a partir de la cual se ordenó su captura. Indicó que se realizaron extracciones de material genético y el informe pericial concluyó que no se observó perfil genético de la imputada.
El fiscal añadió que fue exhibida una foto de la mujer al hijo de la víctima, quien declaró que por el tiempo transcurrido, la misma se encuentra “diferente” al momento del hecho. “Sabemos que eso no tiene valor probatorio; no hay ninguna prueba evidente contra la mujer. Todo indicaba que Roca Jalil fue asesinado a golpes y que el autor fue Salcedo, habría que ver cuál fue la participación de la acusada en ese hecho”, puntualizó.
De esta manera aseguró que la fiscalía no puede acreditar su participación. “No hay ninguna prueba concreta, sabemos que los elementos para requerir una apertura a juicio resultan insuficientes”, finalizó el fiscal y requirió el sobreseimiento de la misma.
Luego de escuchar a las partes, el juez de garantías Juan Pablo Balderrama ordenó el cese de la investigación así como también de las medidas cautelares y el sobreseimiento de la mujer.
Detención
La prisión preventiva a P. L. C fue impuesta, cuando el Ministerio Público Fiscal (MPF) le formuló cargos. En aquella ocasión, la asistente letrada del MPF, Elizabeth Pellicer, en ese momento planteó que la acusada debía permanecer detenida por cuatro meses, mientras se desarrolla la investigación, por existir riesgo de fuga. La jueza de garantías que intervino en dicha audiencia, resolvió imponer la medida cautelar por un tiempo de un mes.
Luego en una nueva audiencia, el juez de garantías Juan Pablo Balderrama otorgó la prisión domiciliaria hasta la finalización de la investigación, con el argumento de que la medida “alcanza para mitigar el riesgo” de no sometimiento al proceso judicial. Además ordenó controles policiales sorpresivos en la vivienda de la mujer, hasta que se le coloque una tobillera electrónica.
El hecho
Según la teoría del caso del MPF planteada hasta la audiencia de ayer, entre las 22 del 13 de abril y la madrugada del día siguiente en 2014, P.L.C y Gabriel Darío Salcedo mataron a Alfredo Roca Jalil, de 65 años de edad, durante un robo que llevaron a cabo en la hostería “El Montañez”, de Junín de los Andes.
Minutos antes de las 19, habían realizado una reserva de habitación en el lugar y al momento del registro, que fue realizado por un hijo de la víctima, hicieron preguntas sobre las rutinas del lugar y el personal que trabajaba allí.
Cerca de las 22 se fueron del lugar y retornaron pasada la medianoche, cuando solicitaron a la víctima que fuera a su habitación, dónde la golpearon y maniataron para poder revisar la hostería. Roca Jalil murió producto de las heridas que le provocaron. Salcedo fue capturado tiempo después en la provincia de Buenos Aires y un jurado popular lo declaró responsable por el homicidio –cumple una pena de 22 años de prisión- mientras que la mujer estuvo prófuga hasta principios de mes, cuando fue capturada en un control fronterizo.
Con el pedido del sobreseimiento la participación de la mujer en esta teoría del caso quedó descartada.
Los sospechosos no asistieron a la audiencia judicial programada, lo que llevó a la fiscalía a solicitar su declaración de rebeldía.
Este código permitirá a vecinos y vecinas, poder acceder a la página del Ministerio Público Fiscal y aportar datos sobre la venta de drogas en sus barrios. El aporte de dicha información será anónimo, seguro y confiable.
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