Buscan medidas para democratizar el acceso a la salud menstrual

Legislatura Neuquina 01 de junio de 2023 Por Redacción
Una de las iniciativas presentadas por el bloque del MPN crea, por ley, un programa integral de salud menstrual. Además hay proyectos de comunicación que le solicitan al Congreso diversas acciones.
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Solicitan al Congreso la aprobación de la ley del cuidado de la salud sexual de las mujeres y la modificación de normativas vigentes con el fin de contemplar la equidad de género en el acceso a artículos de contención del ciclo de la menstruación.  

El proyecto de ley -16042- crea el “Programa Provincial Integral de Salud Menstrual” con la finalidad de promover la salud menstrual y garantizar el acceso a elementos de gestión menstrual. Bajo dicho programa, se reconocerá el derecho de acceso efectivo, gratuito e irrestricto de las personas menstruantes a productos de gestión menstrual, considerándolos como insumos básicos y necesarios. 

A la vez, se prevé la entrega de la copa menstrual a cada persona menstruante que lo solicite, procurando dar prioridad a los establecimientos educativos de gestión estatal. Las personas interesadas en acceder a dicho insumo, deberán inscribirse  en el “Registro de Provisión de Copas Menstruales”, creado por la misma ley. 

Con igual criterio, se distribuirán “kits” de elementos de gestión menstrual y se dictarán capacitaciones, en particular en las escuelas, en centros de salud y hospitales, en las cárceles y en centros de alojamiento para personas en situación de calle.

A modo ilustrativo, la normativa menciona que son elementos de gestión menstrual las toallas higiénicas, los tampones, las esponjas marinas menstruales, los paños absorbentes lavables, la ropa interior absorbente, las copas menstruales, y todo otro producto de contención que sea considerado apto para su utilización durante la menstruación.

La medida busca instituir como política pública sanitaria la provisión generalizada de productos para la gestión menstrual de forma accesible, gratuita, efectiva e irrestricta a toda persona menstruante que lo requiera. La aprobación de la ley “constituirá un acto de justicia social de parte del Estado neuquino” ya que contribuirá en la reducción de la brecha de desigualdad en la capacidad adquisitiva entre varones y mujeres, aseguran los diputados y las diputadas en los fundamentos.

“Actualmente no existe una política de Estado para cubrir estas necesidades”, agregan más adelante, al remarcar que los productos en cuestión solo se consiguen en el mercado privado, con un valor anual promedio superior a los 20 mil pesos –según datos estimados del Observatorio de MuMaLá-, con las fluctuaciones económicas que ello implica y la elevada imposibilidad de acceso a muchas personas menstruantes. “Es imprescindible que se supriman las barreras económicas que obstruyen el acceso de las personas menstruantes a cualquier tipo de producto de gestión menstrual”, sintetizan después. 

En tanto, el proyecto de comunicación 16040 le solicita al Congreso nacional el tratamiento del proyecto que promueve la investigación, el desarrollo y la producción de preservativos y otros métodos de cuidado y protección de la salud sexual de la población con vulva, a los fines del fortalecimiento de la autonomía y el control sobre la seguridad sexual y reproductiva, en cumplimiento a la ley 25673 – de salud sexual y procreación responsable-.

Explican que el pedido es para incorporar la perspectiva de género y diversidad en la salud sexual, con especial hincapié en la promoción de los preservativos para vulvas y otros métodos de cuidado y protección para personas con vulva con la intención de visibilizar una problemática descuidada desde las políticas públicas, a los fines de reforzar la igualdad y el control de la propia seguridad en la salud sexual por parte de las personas con vulva. 

Finalmente, el proyecto de comunicación 16041 también se dirige al Congreso de la Nación para solicitarle, en esta oportunidad, la readecuación de normas a fin de reducir la brecha de desigualdad entre el varón y la mujer en el acceso a productos similares o exclusivos para personas menstruantes.  

En tanto sentido, pide por la incorporación en el Código Civil y Comercial -ley 26994- del tratamiento equitativo y no discriminatorio basado en razones de género como práctica abusiva; la incorporación en la Ley del Consumidor – 24240- que prohíbe la aplicación de precios discriminatorios de bienes y servicios sustentados en motivo de género; la exención impositiva de los productos de gestión menstrual, mediante la incorporación al artículo 7º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado -23349 y la creación del “Programa Precios con Equidad de Género”.

Los proyectos de ley 16042, y de comunicación 16040 y 16041, ingresaron por Mesa de Entradas el 29 de mayo firmado por Ludmila Gaitán, María Laura du Plessis,  José Ortuño López, Liliana Murisi, Javier Rivero, Maximiliano Caparroz, María Fernanda Villone y Lorena Abdala (MPN); Carina Riccomini (Juntos); Laura Bonotti y Andrés Peressini (Siempre); Fernando Gallia (FNN); Francisco Rols (FRIN) y Carlos Sánchez (UP-FR).

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