
Vecina pide formalmente al Concejo Deliberante que elimine el gravamen a los combustibles
Redacción NALa vecina María Ferreyra, ingresó al Concejo Deliberante una nota dirigida a la presidenta del cuerpo, Natalia Vita, en la que exige la derogación total y definitiva de la denominada Tasa Vial Municipal, creada por la Ordenanza 14.591/24 y prorrogada este año mediante la Ordenanza 15.557/26.
La contribuyente invocó su derecho constitucional a peticionar ante las autoridades, amparado en el artículo 14 de la Constitución Nacional, y sostuvo que el tributo —un recargo del 4,5% sobre el valor neto de los combustibles líquidos— se encuentra viciado de inconstitucionalidad manifiesta.
El argumento central: los fondos ya no van a donde decía la norma
Según el escrito, la propia Ordenanza 14.591/24 había fijado que el dinero recaudado debía destinarse con prioridad al sostenimiento del transporte público de pasajeros. Sin embargo, en la Sesión Ordinaria N° 15/26, celebrada el 30 de julio pasado, el propio Concejo aprobó suspender ese destino específico y derivar el cien por ciento de lo recaudado —unos 200 millones de pesos mensuales, según los cálculos de la peticionante— a tareas de bacheo y mantenimiento vial.
Para Ferreyra, esa decisión demuestra que el gravamen no responde a un servicio concreto y divisible prestado al contribuyente, sino que funciona como una caja de fondos de libre disponibilidad para cubrir necesidades de gestión ordinaria del Ejecutivo municipal.
Respaldo en la jurisprudencia de la Corte Suprema
El reclamo se apoya también en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que exige que toda tasa municipal esté vinculada a una prestación efectiva e individualizable de un servicio. La presentación cita el fallo "Cantaluppi, Santiago c/ Municipalidad de San Carlos de Bariloche", de julio de 2024, en el que el máximo tribunal declaró inconstitucional un tributo similar por carecer de contraprestación concreta y por financiar obras generales que, según ese criterio, deben costearse con rentas generales y no con tasas específicas. También menciona antecedentes como "Compañía Química", "Laboratorios Raffo" y "Esso Petrolera Argentina".
Doble imposición y bajo impacto presupuestario
El escrito plantea además que el combustible ya está gravado por el Impuesto a los Combustibles Líquidos, el IVA y Ingresos Brutos, por lo que el recargo municipal implicaría una superposición tributaria que encarece la canasta familiar, el transporte de mercaderías, la actividad turística y los traslados cotidianos de los trabajadores.
A esto se suma, según la presentante, un dato de la ejecución presupuestaria: la Tasa Vial representaría apenas alrededor del 1,3% del presupuesto municipal total, un porcentaje que —afirma— no alcanza para resolver los problemas estructurales de infraestructura, pero sí genera un perjuicio directo en el bolsillo de los vecinos.
El petitorio
En el cierre de su nota, Ferreyra solicita formalmente al Concejo que dé ingreso y tratamiento en comisión a su presentación, que apruebe con prontitud un proyecto de ordenanza que derogue de manera total la Tasa Vial y toda norma complementaria vinculada a ella, y que se instruya al Departamento Ejecutivo a reordenar sus partidas presupuestarias bajo criterios de austeridad y eficiencia, sin recurrir —según su planteo— a tributos que considera viciados de inconstitucionalidad.
La presentación queda ahora a estudio de las comisiones legislativas correspondientes, que deberán expedirse sobre el pedido de la vecina.



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