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Permite asegurar 500 mil pesos de bolsillo a los que se les sumará la actividad extraordinaria, y será actualizado por IPC cada tres meses, entre enero y diciembre de 2025. Además, cobrarán dos bonos de 260 mil pesos y compensación por ropa de trabajo.
Actualidad20/11/2024El Gobierno provincial y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) firmaron, esta mañana, el acuerdo salarial para los trabajadores de las comisiones de fomento encuadrados en la Ley provincial 3373.
Según el acta, a partir de diciembre de 2024, el salario asegurado para dichos agentes será de 500 mil pesos de bolsillo luego de las deducciones de ley (aportes jubilatorios, asistenciales y de seguro de vida obligatorio). Ese monto corresponde a lo calculado sobre los conceptos habituales, sin considerar la actividad extraordinaria, y es remunerativo y no bonificable.
Se aplicará una actualización salarial por Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el período comprendido entre enero y diciembre de 2025. Esas actualizaciones se efectivizarán en abril, julio, octubre y enero de 2026.
Específicamente, para la actualización de abril de 2025 se considerará el salario de marzo al que se le aplicará las variaciones de IPC de enero, febrero y marzo del mismo año.
En las actualizaciones siguientes se aplicará la variación acumulada del trimestre inmediato anterior: en julio de 2025 será del IPC acumulado de los meses de abril, mayo y junio sobre el salario conformado en la última actualización realizada en abril de 2025. En octubre de 2025 será del IPC acumulado de los meses de julio, agosto y septiembre sobre el salario conformado en la última actualización realizada en julio, en tanto que en enero de 2026 será del IPC acumulado de octubre, noviembre y diciembre de 2025, sobre el salario conformado en la última actualización realizada en octubre de 2025.
Las variaciones de IPC a aplicar en las actualizaciones se calcularán como una media entre el 50% del índice publicado por la dirección provincial de Estadística y Censos de la Provincia del Neuquén y el 50% del índice publicado por el INDEC para el total nacional.
Además, los agentes percibirán una suma de carácter extraordinario, no remunerativa y no bonificable, de 260.000 pesos en la segunda quincena de diciembre de 2024; y una suma idéntica dentro de la segunda quincena de febrero de 2025, extensivas al sector pasivo en las proporciones establecidas por ley.
También recibirán una compensación por ropa de trabajo que se abonará en dos cuotas, la primera será equivalente a la actualización del importe abonado por este concepto en septiembre de 2024 por la variación del IPC ponderado desde ese mes a marzo 2025 inclusive, que se pagará en abril de 2025. La segunda será del valor que resulte de actualizar el importe de la primera cuota 2025 por la variación del IPC ponderado de abril a agosto de 2025 inclusive, a pagar en septiembre de 2025.
Por último, se acordó actualizar por IPC ponderado los importes de las asignaciones familiares establecidos en el Decreto 418/22 semestralmente en junio y diciembre de cada año. Con la variación del IPC hasta diciembre de cada año se actualizarán los importes que tendrán vigencia a partir de marzo del año siguiente, y con la variación del IPC hasta junio inclusive, se actualizarán los importes de septiembre del mismo año.
El acta especifica que si las variables macroeconómicas del país y la coyuntura fiscal de la provincia “producen cambios significativos que dificulten el cumplimiento del presente acuerdo, las partes que lo suscriben podrán convocar a la otra parte para revisar la viabilidad y factibilidad” de su aplicación.
Del encuentro en el que se firmó el acta participaron el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Lucas Castelli; la secretaria de Hacienda y Finanzas, Carola Pogliano; el subsecretario de Recursos Humanos, Juan González López, y la directora de Relaciones Laborales, Natalia Puppio, en tanto que Carlos Quintriqueo, Ricardo Tabia, José Sierralta, Corina Fran, Nestor Rodríguez, Gabriel Espinosa y Juan Guiñez hicieron lo propio en representación de ATE.
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