Buscan regular el ejercicio profesional de la psicomotricidad en Neuquén

Legislatura Neuquina 09 de abril de 2021 Por Redacción
La iniciativa del bloque del MPN los definen como las actividades que realizan los y las psicomotricistas en la promoción, recuperación y rehabilitación de la salud dentro de los límites de sus competencias, que derivan de los alcances de los respectivos títulos habilitantes.
fisioterapeuta

A la vez, detalla las funciones de la profesión y determina que los profesionales deberán trabajar en equipos interdisciplinarios, tanto en instituciones públicas como privadas. 

Para obtener la matricula que autoriza el ejercicio profesional de la psicomotricidad, se deberá poseer, al menos, uno de los siguientes títulos: título oficial otorgado por universidades nacionales, provinciales o privadas reconocidas por autoridad competente; título oficial otorgado por centros de formación de nivel terciario dependientes de organismos nacionales, provinciales o municipales, o por instituciones privadas reconocidas por autoridad competente; título o diploma equivalente expedido por instituciones de países extranjeros, revalidados según la legislación vigente en la materia o según los respectivos convenios de reciprocidad. 

La norma determina, además, los derechos, obligaciones, prohibiciones y motivos de inhabilitación para ejercer la profesión en la provincia. El ministerio de Salud funcionará como autoridad de aplicación de la ley, organismo que expedirá la matricula profesional y llevará adelante el correspondiente registro.

El profesional podrá ejercer la profesión de forma autónoma o en relación de dependencia, debiendo contar con seguro de responsabilidad civil en cualquiera de las modalidades de desempeño. Bajo ningún concepto podrá prescribir, administrar o suministrar medicamentos a los pacientes. 

Los fundamentos indican que la ley surge de la necesidad de dar un reconocimiento a los y las profesionales del rubro, en tanto la formación académica se encuentra avalada oficialmente por el Ministerio de Educación y la práctica profesional por la Superintendencia de Servicios de Salud. Las obras sociales, por su parte, cubren las prácticas tanto en el área genérica como para discapacidad. Se trata de una ley que garantizará la idoneidad de los profesionales en cuestión. 

El proyecto lleva las firmas de María Laura du Plessis, Maximiliano Caparroz, Lorena Abdala, Germán Chapino, Ludmila Gaitán, Liliana Murisi, José Ortuño López, Javier Rivero y María Fernanda Villone.

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