Formulación de cargos por violencia de género y privación de la libertad

Hubo una audiencia por un hecho producido en julio del 2020. Un joven agredió a su novia y le impidió salir. Dictaron una cautelar y avanza la investigación que irá a juicio.

Judiciales16/03/2021Redacción NARedacción NA
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Formulación de cargos por violencia de género y privación de la libertad

La semana pasada se llevó a cabo una video conferencia en la que la Fiscal Inés Gerez presentó una formulación de cargos por golpear y privar ilegítimamente de la libertad a su pareja en la ciudad de San Martín de los Andes.

El hecho ocurrió el 18 de julio de 2020 por la madrugada. El imputado se encontraba reunido con su pareja y unos amigos en su domicilio, cuando comenzó a insultarla y golpearla y no la dejó retirarse del domicilio. Los amigos intentaron ayudar a la víctima, pero el imputado los sacó a empujones. La golpiza no terminó allí, ya que al quedarse solos continuó con los golpes y los insultas hacia la joven, incluso la mantuvo privada de su libertad. Hasta que la mujer logró salir y pedir ayuda a sus familiares.

Se sabe que, en los días previos al hecho, el imputado había hostigado por mensajes a la joven. Estos actos violaban una medida cautelar que estaba vigente y había sido notificada el 24 de julio del 2020 en el Juzgado de Familia.

Según la fiscalía y que fue ratificado por el juez, se lo imputó por lesiones leves agravadas por haber sido cometidas mediando violencia de género y contra quien se mantuvo una relación de pareja, privación ilegítima de la libertad, daño, amenazas y desobediencia a una orden judicial, en concurso real y en calidad de autor (artículos 89 y 92 en función del artículo 80 incisos 1 y 11, 142 inciso 1, 149 bis segundo párrafo, 183 y 239, 45 y 55 del Código Penal).

Ahora empieza la etapa de investigación, que derivaría en el juicio. Según las penas que le cabrían por los delitos, el imputado podría afrontar hasta 10 años de prisión efectiva, debido a la suma de delitos. La suma se podría dar ya que la privación ilegítima de la libertad tiene una pena máxima de seis años, las amenazas tienen de seis meses a 2 años y las lesiones lo mismo.

Por su parte y para asegurar los fines del proceso y la integridad física de la víctima, la funcionaria del Ministerio Público Fiscal solicitó que como medida cautelar se imponga la prohibición de acercamiento del imputado a menos de 300 metros de la víctima, como así también realizar actos de perturbación, violencia o intimidación directa o indirecta hacia la víctima por sí o por otra persona y por cualquier otro medio, por el término que dure la investigación.

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