Autorizan la apertura de ferias municipales en localidades sin casos activos

Coronavirus - Cuarentena 16 de julio de 2020 Por Redacción
El gobierno provincial, a través del ministerio de Jefatura de Gabinete, aprobó el protocolo sanitario básico para aplicar en dicha actividad. Además, se habilitó la apertura al público de las mismas.
feria artesanos

Durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas que se relacionen en el ámbito de las actividades autorizadas precedentemente deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional y normas derivadas.

La resolución del ministerio dispone que el protocolo sanitario básico definido podrá ser modificado o suspendido en forma total o parcial por la máxima autoridad sanitaria provincial, conforme a la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19, debiendo comunicar de inmediato tal decisión al ministerio Jefatura de Gabinete, que podrá decidir dejar sin efecto la autorización otorgada a esa actividad.

En la norma se invita a los municipios a adoptar medidas similares y a colaborar en el monitoreo y supervisión del cumplimiento de las modalidades de trabajo, los protocolos sanitarios básicos, las reglas de conducta generales y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.

Protocolo para ferias habilitadas

La operación de ferias de distinto tipo habilitadas en localidades de la provincia que no registren casos activos, en esta etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y hasta que las autoridades sanitarias lo dispongan, se ajustará a los lineamientos aquí establecidos.

Disposiciones comunes:

Las ferias podrán operar en todos los casos con un factor de ocupación limitado, hasta un máximo del 50% de su capacidad; en virtud a las restricciones establecidas en Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20, Artículo 7º, para las zonas que se encuentran en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Deberán respetarse tanto la franja horaria de circulación en las vías públicas como la franja horaria habilitada de apertura de locales comerciales para cada zona de la provincia del Neuquén, en función de la presencia o ausencia de casos activos de COVID-19.

En función de lo dispuesto anteriormente, se adecuarán los horarios de inicio y cierre de operación de cada feria, teniendo en consideración los márgenes de tiempo necesarios para que el personal de locales y operaciones, pueda trasladarse a sus domicilios con los menores inconvenientes posibles, y respetando la franja horaria de circulación permitida antes mencionada.

Las personas que trabajan en cualquiera de dichas ferias deberán:

⁃ Mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros.

⁃ Usar obligatoriamente protectores faciales, tanto clientes como feriantes y proveedores (según Decreto Provincial Nº 478/20). No se deberá permitir bajo ninguna razón el acceso a personas que no hagan uso de su correspondiente protector facial, barbijo o tapabocas. En caso de permitirlo, el puesto o stand podrá ser multado en virtud de lo dispuesto en el Decreto Provincial Nº 478/20, artículo 3º, y su normativa reglamentaria provincial y municipal.

⁃ Higienizarse asiduamente las manos, antes y después de tocar la mercadería.

⁃ Observar plenamente las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para el desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de protección personal y sobre colocación de protección respiratoria. (www.argentina.gob.ar/srt)

⁃ Observar las “Recomendaciones para prevenir la transmisión del coronavirus en ámbitos con circulación de personas” del Ministerio de Salud de Nación para recomendaciones visuales, adecuada higiene de manos, adecuada higiene respiratoria, desinfección de superficies y ventilación de ambientes, limpieza húmeda, acciones para estar mejor preparados. (https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/cuidarnos)

⁃ Observar plenamente las Recomendaciones a la Comunidad para prevención de COVID-19 emitidas por el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén: medidas de prevención en el ámbito laboral, en lugares con atención al público, medidas de higiene, ventilación, limpieza y desinfección (https://www.saludneuquen.gob.ar/recomendaciones-coronavirus-para-la-comunidad).

⁃ Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.

⁃ En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: En caso de presentar síntomas detallados en la definición de caso sospechoso en vigencia (www.saludneuquen.gob.ar), NO acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Las personas deben aislarse y comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose al Hospital o Centro de Salud más cercano. NO deben automedicarse.

⁃ En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En caso de aparición de dichos síntomas durante la jornada laboral, el referente designado deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose al Hospital o Centro de Salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en un espacio de aislamiento definido, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo. Se dará aislamiento preventivo a las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada y se realizará un proceso de desinfección del sector de aislamiento y áreas de contacto del trabajador sintomático.

Ferias municipales en espacios cerrados

⁃ En virtud de lo dispuesto en Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20, Artículo 7º, las ferias municipales en espacios cerrados podrán operar únicamente con un factor de ocupación de hasta un máximo del 50% de su capacidad.

⁃ Cada feria tendrá un acceso de entrada y uno de salida. El resto de las puertas sólo serán abiertas periódicamente con el único fin de ventilación del edificio tomando las medidas necesarias para imposibilitar el ingreso o egreso de público por las mismas.

⁃ En las puertas de entrada y salida habrá un agente responsable de sanitizar las manos de la persona que ingresa y asegurar que la misma limpie la suela del calzado en un trapo con solución de lavandina, el cual debe ser humedecido periódicamente. El mismo agente es quien deberá controlar la cantidad de público que ingresa a la feria (no más de 10 personas simultáneamente y una persona por grupo familiar).

⁃ Para mantener el distanciamiento social en estos lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios a una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable (según dispone el DNU 576/20, artículo 8º) y siempre con el límite máximo del 50% de su capacidad fijado en artículo 7º.

⁃ En el ingreso de la feria y en cada puesto debe haber cartelería con indicaciones generales respecto a la prevención del COVID-19, las cuales deben ser cumplidas tanto por feriantes como por el público en general.

⁃ Se recomienda que el o la feriante use gafas protectoras o máscaras.

⁃ Por cada puesto de venta debe haber sólo un vendedor o vendedora.

⁃ Se recomienda una distancia mínima de dos metros entre cada puesto.

⁃ Se debe mantener libre de cualquier obstáculo el pasillo para garantizar una circulación respetuosa del distanciamiento mínimo de dos metros entre personas.

⁃ Cada puesto debe contar con alcohol en gel o alcohol al 70% a disposición del vendedor y también del público, con el fin de garantizar la sanitización de manos antes y después de tocar la mercadería, y en forma frecuente.

⁃ Se atenderá solamente a una persona por vez.

⁃ El cliente no se podrá probar la mercadería a adquirir ropa, calzado, etc.

⁃ En caso de cambio de mercadería (ropa, calzado, etc.) el vendedor debe dejarla en un lugar ventilado por un mínimo de 72 horas, antes de devolverla al circuito comercial.

⁃ Se recomienda que después de cobrar una venta el vendedor o vendedora sanitice con alcohol en gel o solución de alcohol al 70% sus manos. Indefectiblemente, debe lavarse las manos con agua y jabón cada una hora, y si no se puede, se debe desinfectar con esa frecuencia con alcohol en gel o solución de alcohol al 70%.

⁃ No se podrá compartir mates, vasos, tasas, cubiertos, etc entre los feriantes, ni con los clientes. Se sugiere no ingerir alimentos en el lugar.

⁃ La feria debe ser aseada periódicamente durante la jornada laboral. Se recomienda mínimamente, antes de la apertura, a mitad de la jornada y al cierre. El personal afectado a esta tarea deberá ser provisto de los insumos y elementos de protección personal adecuados a la tarea a realizar.

El incumplimiento de las medidas de organización y seguridad de tal protocolo, implica la inmediata suspensión del feriante o el retiro del comprador de la feria.

Ferias municipales al aire libre

⁃ Las ferias se realizarán únicamente sobre los predios municipales habilitados, que presenten las condiciones para cumplir las medidas de seguridad necesarias.

⁃ Se fija un factor de ocupación de hasta un máximo del 50% de su capacidad, a fin de evitar aglomeraciones de personas o dificultades para garantizar el distanciamiento social de dos metros entre feriantes y compradores.

⁃ Para mantener el distanciamiento social en estos lugares se debe limitar la densidad de ocupación de espacios para no superar los 16 metros cuadrados de circulación libre por persona.

⁃ Cada feria, en el caso de no estar cerrada perimetralmente, se vallará en su totalidad para evitar el ingreso y egreso de personas por lugares no permitidos, asignando un acceso y salida de la feria con una circulación establecida de tal manera que el flujo de personas sea unidireccional. Se dispondrá de personal de seguridad que controle el cumplimento de circulación respetando espacio delimitado.

⁃ Se deberá habilitar una calle para ingreso y descarga de productos del feriante, facilitando la organización. Queda prohibido el uso del espacio establecido para feria como estacionamiento de vehículos.

⁃ Se requiere ​máxima colaboración de todas las personas de la organización en la adopción de las medidas preventivas y el seguimiento de las recomendaciones realizadas como también​ la implementación de un libro de registro de acciones que se tomen, especificando la fecha, la hora, las personas responsables, etc., y guardar toda la documentación que pueda generarse​.

Capacitación:

– Cada municipio habilitante capacitará a los feriantes y presidentes de feria informando las medidas a llevar a cabo.

–  A cada feriante capacitado, el municipio habilitante le entregará una credencial que deberán tener y exhibir en la feria, con el fin de presentar constancia de la realización de tal capacitación y habilitación, una declaración jurada donde deberán firmar dando su consentimiento de estar de acuerdo con el cumplimiento de las normas establecidas y que no se encuentra dentro de la población de riesgo ni como caso sospechoso de presentar COVID-19.

–  Cada municipio habilitante les brindará a los feriantes para la reapertura de la feria: tapa nariz y boca; instrucciones para el armado de sanitizante con alcohol y agua destilada, y guía de protocolo del feriante.

Protocolo de circulación

–  En cada entrada y salida se dispondrá de cartelería informativa sobre COVID-19, como así́ también en cada stand.

–  Antes de la apertura se deberá desinfectar el predio.

–  En cada ingreso habrá un agente coordinador que estará a cargo de tomar temperatura corporal, sanitizar manos, calzado y elementos de compra (bolsos, canasto, carrito) de cada persona que ingrese.

–  Habrá una cinta delimitando la distancia entre el comprador y la mercadería.

–  El flujo de circulación de cada feria podrá ser recto o curvo, dependiendo del espacio disponible, teniendo un sentido siempre unidireccional, sin la posibilidad de retroceder.

–  Los stands estarán sectorizados por rubro a medida que se habiliten los tipos de productos.

–  Cada stand debe estar distanciado el uno del otro unos dos metros, de tal forma que se mantenga la distancia entre personas.

–  Debe haber tachos o contenedores de descarte de residuos, ubicados afuera del predio.

–  Cada feria contará con baños químicos, incrementándose la frecuencia de limpieza de los mismos y habilitando rociadores y toallas descartables con hipoclorito de sodio al 1% para la desinfección ante cada uso. Deberán disponerse insumos para la higiene de manos.

Protocolo para feriante o vendedor

–  Los feriantes habilitados deben cumplir con los siguientes requisitos: comercializar los productos del rubro habilitado según etapa, tener domicilio en el ejido del municipio habilitante, y estar dentro del registro de feriantes municipales del mismo.

–  Cada feriante deberá firmar un consentimiento informado sobre la participación dentro de la feria.

–  Los feriantes tendrán que comunicarse con el coordinador de cada feria a los fines de determinar el lugar de descarga de mercadería y ubicación de cada stand, para evitar aglomeración.

–  Cada stand contará con dos feriantes (no más), uno encargado de la entrega y manipulación de mercadería y el otro encargado del cobro de tales productos realizando la manipulación de dinero. Queda prohibida la presencia de menores de edad y de mayores de 60 años en los puestos feriales.

–  Los feriantes manteros deberán comercializar sus productos sobre mesas sin excepción.

–  Cada feriante deberá́ usar tapa nariz y boca; delantal; y guantes de látex o nitrilo.

–  Cada feriante deberá́ desinfectarse manos y elementos utilizados entre cada compra.

–  Brindar alcohol en gel o sanitizador en rociador al consumidor luego de realizar la compra.

–  Se debe disponer en cada puesto de alcohol en gel o sanitizador a disposición del cliente y de los feriantes, y elementos de desinfección (lavandina, jabón, agua, alcohol y productos de limpieza desinfectantes).

–  Mantener siempre dos metros de distancia entre feriantes y consumidores.

– En cuanto a alimentos listos para el consumo, tales como panificados, semillas, frutos secos, harinas, deben estar fraccionados y envasados.

–  Se atenderá a una persona por vez, indicando al comprador que realice una fila manteniendo distancia.

–  Se tendrá prioridad de atención para adultos mayores, personas con discapacidad y embarazadas.

Protocolo para consumidor o comprador

–  Cada consumidor deberá respetar la circulación de ingreso y egreso indicada en cada feria.

–  Al ingresar el agente que se encuentra en el acceso le desinfectará manos, calzado y bolsas, canasto o carrito que lleve.

–  Ingresará un adulto y un niño por grupo familiar.

–  Utilización obligatoria de barbijo o tapa bocas.

–  No debe tocar alimentos y productos en exhibición, debiendo esperar a ser atendido por el feriante.

–  Deberá mantener la distancia entre personas de 2 metros.

–  Se debe respetar la fila en cada stand para esperar ser atendido, manteniendo distancia.

–  Deberá administrar la compra para permanecer el menor tiempo posible dentro de la feria.

⁃            El incumplimiento de las medidas de organización y seguridad de tal protocolo, implica la inmediata suspensión del feriante o el retiro del comprador de la feria.

Ferias de artesanos y manualeros

⁃  El armado de la feria se realizará en el sector habitual que tengan asignado por la entidad municipal habilitante.

⁃  Cada stand deberá estar distanciado el uno del otro de borde a borde por unos dos metros, de tal forma que se mantenga la distancia entre personas.

⁃  Cada feria tendrá un límite de capacidad según los metros cuadrados del espacio general asignado para así garantizar el distanciamiento social de dos metros entre feriantes y compradores. Para mantener el distanciamiento social en estos lugares se debe limitar la densidad de ocupación para no superar los 16 metros cuadrados de circulación libre por persona.

⁃  En cada stand debe haber cartelería con indicaciones generales sobre prevención de COVID-19, las cuales deben ser cumplidas tanto por los y las feriantes, como por el público en general.

⁃  Cada stand debe contar con alcohol en gel o alcohol al 70% a disposición del feriante y también del público con el fin de garantizar la sanitización de manos antes de tocar la mercadería.

⁃  Cada stand debe contar con una mesa auxiliar para apoyar mercadería de reposición, cajas de embalaje, bolsos, efectos personales, etc. (nada debe ser apoyado en el suelo).

⁃  Los stands deben ser ubicados de tal manera que garanticen pasillos amplios para facilitar una circulación de público que permita el distanciamiento mínimo de dos metros entre persona en circulación.

⁃  Se atenderá a una persona por vez por stand.

⁃  El cliente no se podrá probar la mercadería a adquirir.

⁃  En caso de cambio de mercadería (ropa, calzado, etc.) el feriante debe dejarla en un lugar ventilado por un mínimo de 72 horas, antes de devolverla al circuito comercial.

⁃  Se recomienda que después de cobrar una venta el vendedor o vendedora sanitice con alcohol en gel o solución de alcohol al 70% sus manos. Indefectiblemente, debe lavarse las manos con agua y jabón cada una hora, y si no se puede, se debe desinfectar con esa frecuencia con alcohol en gel o solución de alcohol al 70%.

⁃  No se podrá compartir mates, vasos, tasas, cubiertos, etc. Se recomienda no ingerir alimentos en el lugar.

⁃  Cada stand en su frente debe contar con una barrera de nylon cristal con una abertura en su parte inferior que permita la atención y cobro.  Esta barrera deberá limpiarse y desinfectarse en forma frecuente.

El incumplimiento de las medidas de organización y seguridad de tal protocolo, implica la inmediata suspensión del feriante o el retiro del comprador de la feria.

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