Todo listo para la primera sesión especial del juicio político al intendente de San Martín de los Andes

Carlos Saloniti hará uso de su derecho a defensa. Será escuchado por el cuerpo completo a partir de las 9hs. y tomarán la decisión de continuar con la etapa investigativa o absolverlo y cerrar el caso.
Juicio Político02/09/2026Mario JakszynMario Jakszyn
CD silla vacia

San Martín de los Andes se prepara para una jornada institucional inédita. Este 3 de septiembre se llevará a cabo la Sesión Especial N° 1/2026 del Concejo Deliberante, instancia en la que el intendente municipal ejercerá su derecho a defensa en el marco del proceso de juicio político abierto en su contra.

El inicio

El 6 de agosto, a partir de una denuncia presentada por una vecina, el cuerpo legislativo votó por unanimidad que existían méritos suficientes para dar inicio al proceso, tal como establece el artículo 139 de la Carta Orgánica municipal.

Una audiencia sin veredicto inmediato

En la sesión del 3 de septiembre no se definirá ni la culpabilidad ni la destitución del intendente. Se trata, en cambio, de una instancia en la que el jefe comunal podrá presentar su descargo y responder a las preguntas de los concejales sobre cada uno de los puntos incluidos en la denuncia. El interrogatorio será amplio e ilimitado. Una vez concluido ese intercambio, el Concejo deberá resolver si desestima el proceso o si le da continuidad.

Para avanzar hacia la siguiente etapa se necesitan dos tercios de los votos del cuerpo, es decir, 8 de los 11 concejales, ese umbral se calcula sobre la totalidad de los miembros del Concejo y no sobre los presentes en la sesión, por lo que las ausencias no reducen la exigencia de los ocho votos.

Qué pasa si el proceso avanza

En caso de que se apruebe continuar, no habrá una destitución inmediata. Se abrirá una etapa de investigación y, durante ese período, se dispondrá la suspensión preventiva del intendente. La concejal Natalia Vita quedaría a cargo del Departamento Ejecutivo mientras dure la suspensión, aunque —según se supo — conservaría su banca y ejercería simultáneamente ambas funciones.

Respecto de los haberes, el sueldo del intendente suspendido no se abonaría durante el proceso, pero debería restituirse y actualizarse si finalmente resultara absuelto.

Cómo sigue el proceso: salas, plazos y votos

El mecanismo contempla dos instancias diferenciadas. Por un lado, una sala investigadora integrada por cinco concejales — Sicilia, Da Pieve, Padilla, Meza y Brondo, que tendrá 30 días hábiles para reunir y verificar pruebas, evaluar el descargo del intendente y emitir un dictamen: podrá absolverlo o formular una acusación formal.

Si la sala investigadora decide acusar, el expediente pasará a la sala juzgadora, compuesta por seis concejales —Vives, Fernández, Menéndez, Vita, Petaña y Valenzuela—, que dispondrá de 15 días hábiles para resolver. Todas las decisiones, en ambas salas, requieren también dos tercios: cuatro votos en cada caso.

La Carta Orgánica establece un límite máximo de 90 días hábiles para que todo el procedimiento quede completado. El trabajo de ambas salas se desarrollará fuera de las sesiones ordinarias, aunque el intendente podrá participar en todas las instancias del proceso.

Los integrantes de ambas salas fueron sorteados a comienzos de año, antes de que se conociera la apertura de este juicio político.

Una sesión pública, con acceso limitado

La sesión especial será pública y se transmitirá por internet y por los medios de comunicación. Sin embargo, el acceso presencial de la comunidad al recinto estará limitado, de acuerdo con una resolución aprobada por mayoría del cuerpo, con el objetivo de evitar interrupciones y garantizar el derecho de defensa. Sí podrán estar presentes el equipo del intendente y determinadas autoridades, como el contralor, que confirmó por nota a los medios y en sus redes que no sería de la partida ya que no es una sesión con acceso libre para la comunidad, el defensor del pueblo y el juez de faltas.

Zonas grises en la normativa

La ordenanza vigente sobre juicio político presenta ambigüedades y contradicciones que habilitan distintas interpretaciones, por lo que es necesario un trabajo de análisis y modificación que sería llevada adelante en la actual gestión, además de la necesidad de revisar el reglamento interno del Concejo.

Entre los puntos débiles se encuentra la ausencia de la figura de la abstención: los concejales están obligados a votar afirmativa o negativamente, y quien decide retirarse queda simplemente como ausente. También se advierte sobre una posible contradicción entre la Carta Orgánica y el reglamento interno en relación con la posibilidad de que quien deja la presidencia del Concejo para asumir de manera provisoria el Ejecutivo pueda ejercer ambas funciones al mismo tiempo. Se entiende que la Carta Orgánica debe prevalecer y el reglamento interno debería adecuarse a ella.

Responsabilidad política, no penal

Si durante el proceso surgieran indicios de la comisión de delitos, el Concejo Deliberante no reemplazaría el rol de fiscales ni jueces: en ese caso, correspondería remitir los antecedentes al Ministerio Público Fiscal, ya que la responsabilidad política y la responsabilidad penal son ámbitos distintos.

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