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El gobierno decretó qué se podrá hacer y qué no durante los próximos siete días. El próximo fin de semana se podrá circular. En San Martín de los Andes analizarán extender la apertura de comercios y gastronómicos.
Actualidad05/06/2021La segunda ola del covid se siente en toda la provincia, los casos no disminuyen y se mantiene la curva de muertes, sin contar con el continuo colapso del sistema de salud. Es por ello que el Gobernador Gutiérrez firmó el decreto que prorroga las medidas de cuidado.
Las mismas comenzarán a regir desde las cero horas del lunes 7 de junio y se extenderán hasta el domingo 13. En tanto que durante la semana analizarán cómo continuarán. En líneas generales, las restricciones son las mismas que hasta el 4 de junio.
Durante los próximos siete días, los locales comerciales minoristas y mayoristas de todos los rubros, podrán funcionar entre las 6 y las 18. Los gastronómicos tendrán el mismo horario y se mantiene la posibilidad de la utilización de envío a domicilio o retiro en puerta hasta las 23 horas.
En San Martín de los Andes, analizan adherir a las medidas, pero con una probable modificación en los horarios. El lunes el COEM podría determinar que los comercios y la circulación estén habilitados hasta las 20 horas y que los locales de comidas puedan funcionar hasta las 23 horas.
Las medidas decretadas por provincia son:
* La circulación en la vía pública se suspende entre las 18 y las 6 del día siguiente, salvo casos excepcionales.
* Los locales comerciales minoristas y mayoristas de todos los rubros podrán funcionar entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados, y con aforo reducido al 30 por ciento; deberán priorizar las modalidades de venta en puerta o a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes; también mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro en puerta.
* Los locales gastronómicos podrán atender clientes únicamente en espacios habilitados al aire libre, entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados. Las modalidades de delivery y take away de cercanía para el sector gastronómico estarán autorizadas hasta las 23.
* Las farmacias y estaciones de servicio podrán seguir funcionando durante las 24 horas.
*El personal de obras privadas, de servicios en casas particulares, y de estudios de diversas profesiones liberales, podrán circular desde y hacia sus lugares de trabajo, entre las 6 y las 18, sin uso de transporte público de pasajeros.
Actividades que seguirán suspendidas temporalmente
* Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
* Las reuniones sociales en espacios públicos al aire de libre.
* La presencialidad educativa en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial.
Cabe aclarar que en la sesión de cuerpo colegiado del CPE realizada ayer viernes se acordó que, durante la semana del 07 al 13 de junio, se evaluará la posibilidad de reestablecer la presencialidad de manera progresiva, cuidada, gradual y por zona a partir del día 14 de junio, considerando los indicadores epidemiológicos, los informes del ministerio de Salud y la evolución de la vacunación del sector docente y no docente.
* Todas las competencias deportivas a nivel provincial y municipal, sea en espacios cerrados o al aire libre, y la actividad de clubes deportivos, y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que suponga aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.
En este caso, la Resolución autoriza como excepción la práctica deportiva de entrenamientos en espacios habilitados y la circulación a esos fines, desarrollada por deportistas de mediano y alto rendimiento de la provincia que se encuentren clasificadas y clasificados para próximas competencias deportivas de carácter internacional. Esta actividad deberá realizarse con el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios básicos aprobados, sin aglomeración de personas y bajo el monitoreo y supervisión del ministerio de Deportes.
* La actividad de salas teatrales, cines y museos.
* Los casinos, salas de juego y discotecas.
* La realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados y abiertos, en iglesias, templos y otros lugares de culto. Los ministros y ministras de los distintos cultos podrán realizar ceremonias virtuales, para lo cual está autorizada la permanencia temporal de hasta diez integrantes de los equipos pastorales dentro de los templos para garantizar la transmisión remota de dichas ceremonias, con la observancia estricta de los protocolos sanitarios aprobados, y la adecuada y constante ventilación de esos espacios.
* La atención presencial de la administración pública provincial, con excepción del sector salud, policía y otras áreas críticas y esenciales, que continuarán trabajando exclusivamente en forma remota, quedando sólo guardias mínimas.
* Las actividades y actos oficiales provinciales y municipales.
En su artículo 5º, la Resolución invita a municipios y comisiones de fomento a adoptar medidas concurrentes y complementarias, y a colaborar en el monitoreo y supervisión de su estricto cumplimiento en el ámbito de sus respectivos ejidos y competencias.
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