Llega un nuevo plan de regularización de deudas municipales

El mismo está orientado a los y las contribuyentes que posean deudas municipales de cualquier naturaleza, incluso aquellas que hayan sido objeto de intimación y/o ejecución judicial.
Actualidad01/06/2023RedacciónRedacción
boleta de TCI

Estará vigente desde el 1 de junio y hasta el 31 de julio de 2023

Los y las contribuyentes podrán realizar dicha regularización hasta en seis (6) cuotas iguales, sin intereses de financiación. El momento de la primera cuota se producirá al momento de efectivizar el plan de facilidades y las restantes vencerán el día 10 de los meses subsiguientes.

Quienes deseen incorporarse al Plan deberán acercarse a la Oficina de Gestión de Cobranzas ubicada en el edificio Municipal, de lunes a viernes, de 8 a 13 horas.

Las modalidades de pago son las siguientes, teniendo en cuenta el monto total de la deuda por contribuyente: 

CANCELACIÓN DE LA DEUDA EN 1 (UN) PAGO Y AL CONTADO: 

a) Monto adeudado hasta $1.000.000 (por todo concepto, con intereses incluidos): se otorgará una reducción del 100% en los intereses. 

b) Monto adeudado de $1.000.001 a $2.000.000 (por todo concepto, con intereses incluidos): se otorgará una reducción del 75% en los intereses. 

c) Monto adeudado de más de $2.000.001 (por todo concepto, con intereses incluidos): se otorgará una reducción del 50% en los intereses. 

CANCELACIÓN TOTAL DE LA DEUDA EN HASTA 6 (SEIS) CUOTAS: 

a) Monto adeudado hasta $1.000.000 (por todo concepto, con intereses incluidos): el/la contribuyente recibirá una reducción del 75% en los intereses.

b) Monto adeudado de $1.000.001 a $2.000.000 (por todo concepto, con intereses incluidos): obtendrá una reducción del 50% en los intereses;  

c) Monto adeudado de más de $2.000.001 (por todo concepto, con intereses incluidos): aplicará una reducción del 25% en los intereses. 

Para todos los casos, el cálculo de los intereses punitorios y compensatorios será aplicado, según la normativa tributaria vigente al día de la suscripción del plan de pago.

A través de la Ordenanza 14112/23 se establece además que el presente Plan de Regularización de Deudas Municipales no exime del Libre de Deuda exigible para trámites que así lo requieran, para la Habilitación e Inscripción de Actividades Lucrativas, debiendo los interesados cancelar las sumas adeudadas si las hubiera o cancelación total del plan de pago que se hubiera suscripto al momento de la iniciación o su pedido. 

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