Presentan pedido de juicio político contra el intendente Carlos Saloniti

Una vecina ingresó la solicitud ante el Concejo Deliberante de San Martín de los Andes acusando al jefe comunal por mal desempeño. En el escrito se argumenta un cuadro de deterioro institucional y ambiental, e incluye reclamos por la situación cloacal, la deuda eléctrica municipal y obras en Chapelco.
03/08/2026Mario JakszynMario Jakszyn

Una presentación formal realizada por Mesa de Entradas en el Concejo Deliberante sacudió el panorama político de San Martín de los Andes. La vecina Valeria López Oronoz, con el patrocinio del letrado Enrique Bartolomé, solicitó el inicio del procedimiento de juicio político contra el intendente Carlos Javier D. Saloniti, con el objeto de que se evalúe su suspensión preventiva y eventual destitución.

El pedido se encuadra en los artículos 137 y 139 de la Carta Orgánica Municipal y atribuye al mandatario las causales de mal desempeño e incumplimiento de los deberes a su cargo. En el documento de 20 páginas, la denunciante requiere que el cuerpo deliberativo dé tratamiento al tema en su próxima sesión e integre las salas correspondientes para analizar la conducta del Ejecutivo.

“Como vecina de San Martín de los Andes, no puedo permanecer indiferente ante la degradación de nuestro entorno natural, el desorden financiero y la falta de respuesta institucional. Cuando los canales administrativos se agotan y las intimaciones son desoídas, la Carta Orgánica nos otorga a los ciudadanos la herramienta del juicio político para exigir responsabilidades a quien nos gobierna." comentó la vecina que realizó al presentación. 

Los 6 motivos señalados en la presentación

La denuncia formal fundamenta el reclamo en seis puntos de la gestión municipal:

  1. Situación del sistema cloacal y su impacto en el Lago Lácar: Se cuestiona la omisión de medidas ante la sobrecarga de las plantas de tratamiento PTE-1 y PTE-3. Según documentación de la Cooperativa de Agua, la planta costera operó con derivaciones de efluentes hacia el Arroyo Pocahullo y el Lago Lácar en diversos períodos. Pese a los reclamos de Parques Nacionales y la Defensoría del Pueblo, el Ejecutivo no declaró la emergencia ambiental ni restringió las factibilidades para nuevos desarrollos.

  2. Deuda con el EPEN y situación de los suministros eléctricos: Se señala la acumulación de una deuda superior a los $1.747 millones con el ente provincial, la cual derivó en la interrupción del servicio en dependencias municipales durante julio, aun cuando la comunidad abona mes a mes la contribución correspondiente. Paralelamente, la Contraloría registró que el Municipio afrontaba pagos de facturas de entes externos y privados, mientras que la planta PTE-1 carece de equipo generador de respaldo desde fines de 2025.

  3. Inobservancia de medidas dictadas por el TSJ: Se objeta la falta de ejecución administrativa de la cautelar dispuesta en el Expediente N° 6916/2025 del Tribunal Superior de Justicia. La misma suspendió el carácter vinculante de los dictámenes de la comisión paritaria (CIAP) en el Convenio Colectivo de Trabajo, sin que el Intendente haya dictado el decreto de acatamiento solicitado.

  4. Controles y resoluciones vinculadas al Cerro Chapelco: La presentación aduce falta de fiscalización oportuna sobre los movimientos de suelo encarados por la concesionaria Transportes Don Otto S.A., ejecutados inicialmente sin licencia ambiental. Tras autorizar la continuidad de los trabajos por el Decreto N° 0812/26 con el trámite inconcluso, el propio jefe comunal suspendió las obras mediante el Decreto N° 1020/26, reconociendo la existencia de daño ambiental en la base y exigiendo planes de remediación.

  5. Trato dispensado al órgano de control interno: Se acusa al Departamento Ejecutivo de desatender las alertas e investigaciones promovidas por el Contralor Municipal, Dr. Jorge Fernández —relativas a inconsistencias en liquidaciones de haberes, infraestructura vial y auditorías presupuestarias— y de descalificar públicamente la labor institucional de dicho organismo.

  6. Objeciones al proceso del Plan de Ordenamiento Territorial: Se sostienen vicios e inconsistencias en la confección de las actas de las reuniones consultivas del POT, la omisión de convocar a la audiencia pública fijada por la Carta Orgánica y la aprobación de contrataciones directas por la vía de excepción para estudios ambientales conexos.

Ahora será el turno de los concejales de analizar en la próxima sesión que se efectúe,el pedido de la vecina, y tomar la decisión, por mayoría absoluta, si finalmente le dan apertura al procedimiento de Juicio Político. Si así lo hicieren, será convocado el intendente a una sesión especial a efectos de garantizar el derecho a defensa, en un plazo no menor a 5 días hábiles de haber sido notificado fehacientemente. 

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