
Atención: los comercios no pueden hacerte esperar más de lo permitido
Redacción NAEl Gobierno provincial promueve acciones para difundir los derechos de consumidores y usuarios y fortalecer relaciones de consumo más justas y transparentes. En este sentido, el ministerio de Gobierno, Mujeres y Derechos Humanos, a través de la dirección provincial de Protección al Consumidor, recordó que la normativa vigente garantiza el derecho a un trato digno y fija tiempos máximos de espera para la atención al público.
La Ley Provincial 2874 considera una práctica abusiva, contraria al trato digno, que una persona deba permanecer en una fila durante más de 30 minutos cuando la espera es de pie. En los establecimientos que disponen de asientos, sistema de turnos y sanitarios, el tiempo máximo permitido se extiende hasta los 90 minutos.
La normativa alcanza a bancos, entidades financieras, empresas prestadoras de servicios, comercios y todos aquellos establecimientos donde exista una relación de consumo, con el objetivo de garantizar condiciones de atención respetuosas y prevenir situaciones que vulneren los derechos de consumidores y usuarios, en concordancia con el principio de trato digno establecido por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240.
En caso de que el tiempo de espera supere los límites previstos por la ley, la persona consumidora puede dejar constancia de la situación en el Libro de Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias del establecimiento. También puede presentar una denuncia ante la dirección provincial de Protección al Consumidor, acompañando la documentación o los elementos que permitan acreditar la demora, como el número de turno, un ticket u otros medios de prueba. Si el comprobante no consigna el horario de emisión, se recomienda adjuntar una fotografía del reclamo registrado en el libro correspondiente.
Para obtener más información o iniciar un trámite, las personas interesadas pueden consultar el sitio oficial de Protección al Consumidor: https://proteccionalconsumidor.neuquen.gob.ar/.



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