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Por pedido del fiscal del caso, Maximiliano Bagnat, y tras la producción de pruebas, la declaración de los testigos y los alegatos de clausura de las partes, el juez de garantías resolvió declarar a Nicolás Cristian Yonas autor penalmente responsable del delito de hurto en la modalidad de delito continuado, en el hecho consumado entre abril de 2016 y septiembre de 2018.
Judiciales08/09/2020El imputado, quien se desempeñaba como empleado de Cotesma, defraudó los intereses de la misma con un perjuicio patrimonial de aproximadamente $886.561,51 mediante la venta de entradas para espectáculos cinematográficos en forma continua, reiterada y sistemática.
La maniobra consistió en efectuar un aparente reembolso de entradas canceladas, con una frecuencia diaria y a través del sistema informático de la entidad, de las cuales no adjuntaba los tickets de reembolso que se emiten como consecuencia de ello, ni ingresaba la suma de dinero.
Para evitar diferencias con el número real de espectadores en la sala, el acusado emitía boletos gratuitos a efectos de “burlar un eventual control por parte del ente auditor INCAA”, describió Bagnat.
Finalmente, la maniobra fue advertida por responsables de la cooperativa.
En el alegato de apertura el fiscal del caso solicitó que el acusado sea declarado culpable por el delito de hurto simple perpetrado en forma continua, reiterada y sistemática en calidad de autor (Artículo 162 y 45 del Código Penal).
Al comenzar la investigación, en octubre del año pasado, el acusado había sido imputado por el delito de estafa. Luego de la información reunida en esa etapa, en el mes de marzo los cargos fueron reformulados: le atribuyeron el delito de hurto simple.
Tras la producción de pruebas, la declaración de los testigos y los alegatos de clausura de las partes, el juez de garantías que intervino en el juicio resolvió declarar a Nicolás Cristian Yonas autor penalmente responsable del delito de hurto en la modalidad de delito continuado.
A partir de la resolución las partes tendrán cinco días para presentar las pruebas que posteriormente serán admitidas o no para la audiencia de cesura en la que se determinará la pena.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha y hora de la audiencia en la cual se va a discutir la pena que deberá cumplir el imputado.
El juicio se desarrolló durante tres días. Fue el primero que se realizó en la Cuarta Circunscripción Judicial bajo el protocolo sanitario elaborado por el Poder Judicial tras la pandemia de COVID-19.
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