Transfemicidio de Azul Semeñenko: rechazan pedido de prisión domiciliaria

Por pedido del fiscal jefe Agustín García y la fiscal del caso Guadalupe Inaudi, un juez de garantías rechazó el pedido del abogado defensor de R.D.S, imputado por el transfemicidio de Azul Semeñenko, que pretendía que se modifique la prisión preventiva que viene cumpliendo a una detención domiciliaria.
Judiciales30/12/2025Redacción NARedacción NA
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Fue en una audiencia realizada hoy en la Ciudad Judicial en la que los representantes del Ministerio Público Fiscal se opusieron al cambio de modalidad de cumplimiento de la medida y argumentaron que persisten los riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

García remarcó que luego de cometido el hecho “el imputado destruyó evidencia y se sustrajo de la acción policial y judicial”, y además, que con el avance de la investigación no hubo ningún cambio significativo y no se ha incorporado ningún elemento nuevo que permita modificar la modalidad de cumplimiento.

Por todo ello García e Inaudi requirieron que se el acusado siga detenido en prisión preventiva en una comisaría tal como fue fijada por otro juez de garantías y ratificada por un tribunal revisor, por 8 meses.

Los abogados querellantes que intervinieron en la audiencia en representación de la familia de la víctima, adhirieron al pedido de la fiscalía.

El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de las partes acusadoras y de esta manera rechazó el pedido de la defensa por lo que el imputado, R.D.S, seguirá detenido en prisión preventiva.

Antecedentes del caso

De acuerdo con la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, el imputado atacó y mató a Azul Semeñenko el 25 de septiembre en su domicilio. Según la acusación, el hecho fue cometido mediando violencia de género y motivado por el odio hacia la identidad de género de la víctima.

La investigación preliminar y las pericias científicas realizadas permitieron precisar que el acusado ocasionó múltiples heridas con elementos contundentes y arma blanca, provocando la muerte de la víctima por shock hipovolémico agudo. Posteriormente, R.D.S trasladó el cuerpo a un canal de desagüe, donde fue hallado el 14 de octubre.

El delito por el que la fiscalía le formuló cargos es homicidio triplemente calificado: por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre a una mujer mediando violencia de género (artículo 80, incisos 2, 4 y 11 del Código Penal), en calidad de autor (artículo 45 del Código Penal).

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