Un error millonario del municipio terminó en un plan de devolución de nueve cuotas sin intereses

La concejal Sol Petagna, del bloque PRO, descubrió y difundió en sus redes sociales una equivocación administrativa que provocó que una trabajadora municipal recibiera casi 20 millones de pesos de más. Aunque reconoció el pago indebido y manifestó su voluntad de devolverlo, el Ejecutivo autorizó posteriormente un reintegro en cuotas fijas, sin actualización. La edil anticipó que solicitará informes y el expediente completo para esclarecer lo sucedido.
Actualidad26/10/2026Mario JakszynMario Jakszyn
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Un insólito error administrativo en la Municipalidad de San Martín de los Andes terminó convirtiéndose en una operación de financiamiento sin intereses, solventada con fondos públicos. Una trabajadora municipal recibió una suma millonaria que no le correspondía por una equivocación en la liquidación de sus haberes y, semanas después, el propio Ejecutivo autorizó que devolviera el dinero en nueve cuotas iguales y consecutivas, sin contemplar ningún mecanismo de actualización frente a la inflación.

La situación fue descubierta y dada a conocer públicamente por la concejal Sol Petagna, del bloque PRO, quien expuso el caso a través de sus redes sociales y anticipó que solicitará informes, comunicaciones, el expediente administrativo y demás documentación vinculada con el procedimiento, para conocer en detalle cómo se produjo el error y bajo qué criterios se autorizó la devolución del dinero.

El episodio quedó documentado en dos decretos firmados por el intendente Carlos Saloniti: el 671/2026, del 6 de marzo, y el 849/2026, del 30 de marzo, que permiten reconstruir lo sucedido y plantean interrogantes sobre los controles administrativos, las responsabilidades por el error y la decisión de permitir una devolución financiada de recursos municipales.

Un error de dos ceros que multiplicó el pago por cien

Todo comenzó con la liquidación de haberes correspondiente a febrero de 2026 de la trabajadora municipal Mariela Pepe, legajo 2671. Según reconoce expresamente el Decreto 671, al cargar el concepto denominado "Retroactivo Subrogancia – Cuadro Subrogancia Acta N° 1/2026", se cometió un error en la ubicación de la coma decimal.

Como consecuencia, se liquidaron $27.794.352 cuando el importe correcto era de apenas $277.943,52. Es decir, el monto consignado resultó cien veces superior al que correspondía.

La diferencia entre ambos valores asciende a $27.516.408,48, aunque, luego de la reliquidación y regularización de los aportes y descuentos legales, el municipio determinó que la suma efectivamente adeudada por la trabajadora era de $19.475.502,45.

El decreto también dispuso corregir la información del libro de sueldos y modificar los importes remunerativos y los aportes correspondientes.

En ese primer documento, el Ejecutivo dejó constancia de que la empleada había manifestado expresamente su voluntad de reintegrar el dinero percibido indebidamente, comprometiéndose a efectuar la devolución mediante transferencia bancaria a las cuentas municipales.

Hasta allí, la situación aparecía encaminada a subsanar un grave error de liquidación.

Veinticuatro días después, la devolución pasó a nueve cuotas

Sin embargo, el 30 de marzo, apenas 24 días después del primer decreto, el intendente firmó una nueva disposición que modificó las condiciones del reintegro.

Mediante el Decreto 849/2026, el Ejecutivo estableció que los $19.475.502,45 serían devueltos en nueve cuotas iguales y consecutivas de $2.163.944,72.

El documento señala expresamente que la modalidad fue autorizada por la secretaria de Economía y Hacienda, contadora Marta Bayardo.

Lo llamativo es que la nueva disposición no establece intereses compensatorios ni mecanismos de actualización monetaria sobre el saldo pendiente. Tampoco explica los motivos que llevaron a modificar la modalidad de devolución durante las semanas transcurridas entre ambos decretos.

De esta manera, el municipio aceptó recuperar en cuotas una suma millonaria de dinero público que había salido de sus cuentas como consecuencia de un error administrativo propio.

El costo de devolver casi 20 millones sin actualización

La decisión no resulta económicamente neutra para las finanzas municipales.

En un contexto inflacionario, recibir una suma de dinero en nueve pagos mensuales fijos no equivale a recuperarla íntegramente de inmediato, porque cada cuota futura pierde poder adquisitivo.

Si se considera, a modo de ejemplo, una inflación constante del 2% mensual durante los nueve meses del plan, el valor real del dinero recuperado sería inferior al monto originalmente abonado.

Bajo ese supuesto, y considerando que la primera cuota se abona al mes siguiente, la pérdida estimada de poder adquisitivo para el municipio rondaría los $1,81 millones, expresados en valores del momento inicial.

Se trata de una estimación ilustrativa, no de una pérdida efectivamente comprobada, ya que depende de la inflación registrada y de las fechas concretas de cada devolución.

Sin embargo, permite dimensionar el costo económico que puede representar para el erario público la decisión de recuperar una suma millonaria mediante cuotas fijas sin actualización.

Sol Petagna pedirá explicaciones y documentación al Ejecutivo

El hallazgo de la concejal Sol Petagna puso bajo la lupa no solamente el error en la liquidación salarial, sino también la decisión posterior de otorgar facilidades para la devolución del dinero.

La representante del PRO dio a conocer la situación a través de sus redes sociales y anticipó que avanzará con pedidos de informes y documentación para esclarecer el procedimiento administrativo.

Entre los elementos que buscará conocer se encuentran el expediente completo, las comunicaciones internas entre las áreas involucradas, los antecedentes de las resoluciones adoptadas y los fundamentos que llevaron a autorizar el reintegro en nueve cuotas sin actualización.

La intervención de Petagna apunta a obtener explicaciones sobre el manejo de los recursos públicos y determinar si existieron controles adecuados tanto al momento de liquidar los haberes como al establecer las condiciones para recuperar los fondos.

La documentación que pueda obtenerse a partir de estos pedidos será fundamental para establecer si hubo actuaciones administrativas adicionales, cuáles fueron las justificaciones de las decisiones adoptadas y qué funcionarios intervinieron en cada instancia.

¿Quién responde por el error y quién autorizó las condiciones?

Más allá de la voluntad de devolución manifestada por la trabajadora, el episodio abre interrogantes sobre el funcionamiento de los controles internos de la administración municipal.

¿Cómo fue posible que una liquidación de $277.943,52 se transformara en otra de casi 28 millones de pesos sin que el error fuera detectado antes de concretarse el pago?

¿Qué mecanismos de revisión existen en las áreas de Recursos Humanos, Contaduría y Tesorería para evitar transferencias de semejante magnitud?

Y, fundamentalmente, ¿qué criterios utilizó la Secretaría de Economía y Hacienda para autorizar la devolución en nueve cuotas sin contemplar la pérdida de valor del dinero?

Los decretos analizados no informan si se inició alguna investigación administrativa para determinar responsabilidades por la equivocación original. Tampoco detallan las razones que justificaron las facilidades de pago otorgadas.

Es importante señalar que la documentación no atribuye responsabilidad por el error a la trabajadora beneficiada, quien, según el propio municipio, reconoció la situación y expresó su voluntad de devolver los fondos.

La responsabilidad por la liquidación incorrecta y por las condiciones posteriormente autorizadas corresponde analizarla en el ámbito de la administración municipal.

Fondos públicos y una explicación pendiente

El caso, ahora expuesto públicamente por la concejal del PRO, plantea una situación que merece explicaciones por parte del Ejecutivo de San Martín de los Andes.

Primero, por la magnitud de una equivocación que multiplicó por cien un concepto salarial. Segundo, porque el error permitió que casi 20 millones de pesos fueran abonados indebidamente. Y tercero, porque la solución administrativa elegida contempló recuperar esos fondos durante varios meses, sin establecer compensación por el tiempo transcurrido.

Si bien el municipio dispuso formalmente el reintegro del dinero, recuperar el mismo monto nominal no significa necesariamente recuperar su valor económico original.

Los decretos tampoco permiten establecer si las cuotas ya fueron abonadas, si se encuentran al día o si la totalidad del dinero fue efectivamente recuperada.

Los pedidos de información anunciados por Sol Petagna podrían aportar respuestas sobre estos aspectos y permitir conocer los fundamentos de una decisión que, al menos desde el punto de vista económico, resulta cuestionable.

En definitiva, lo que comenzó como un error de carga en una liquidación salarial terminó con una decisión del Ejecutivo que trasladó a las cuentas públicas el costo financiero de una devolución prolongada.

Una situación que plantea una pregunta inevitable: ¿por qué los vecinos de San Martín de los Andes deben asumir, a través de los recursos municipales, la pérdida de valor del dinero ocasionada por un error de la propia administración?

Decreto 671/2026:

Decreto 849/26:

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