Entra en vigencia el pago de propinas por medios electrónicos

Actualidad15 de noviembre de 2024 Por Redacción
La opción se aplicará para los rubros de gastronomía, hotelero, expendedores de combustible, actividades de reparto y afines. Permitirá simplificar los pagos, brindando mayor seguridad al consumidor y al comerciante.
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A partir de la entrada en vigencia del DNU 731/2024, el Gobierno nacional habilitó la opción de dar propinas a través de tarjetas de débito, crédito y billeteras virtuales. La disposición amplía las posibilidades para que los consumidores y trabajadores las realicen y las reciban de forma simplificada y transparente.

A medida que la modalidad siga extendiéndose permitirá simplificar los pagos, brindando mayor seguridad al consumidor y al comerciante, y beneficiando el uso de las nuevas tecnologías. Además, la opción no generará en los comerciantes ninguna obligación impositiva, dado que las propinas ya no podrán ser consideradas parte de la remuneración de los trabajadores. De esta manera, no se sumará a la carga de retenciones impositivas del empleador.

El decreto, modificó el art. 113 de la Ley N° 20.744, y estableció que “cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.

Además, define que “el dinero de la propina podrá ir directamente a una cuenta del trabajador involucrado o acreditarse en una cuenta recaudadora del comercio, separada de la habitual, en tal caso debiendo pagársele al trabajador en 24 hs, de manera digital o en efectivo.”

El procesamiento electrónico de las propinas no podrá tener retenciones tributarias. A los fines impositivos se considerará una gratificación de libre disponibilidad para el trabajador.
Con esto, se presenta una opción sencilla y transparente para el consumidor, directa para el trabajador y sin costos extra para el comerciante.