Llaman a concurso para cubrir el cargo de Defensor del Pueblo y el Ambiente
Una de las grandes incorporaciones de la modificación de la Carta Orgánica de San Martín de los Andes del 2010 fue la incorporación del Defensor del Pueblo y el Ambiente. Tardó en ponerse en funciones, pero una vez que inició, cumplió con creces con lo esperado y se espera que continúe así.
Es por ello que es tan importante su renovación, ya que se cumplieron los plazos y el actual Defensor debería dejar el cargo. En virtud de ello el Concejo Deliberante inició el proceso de recambio y lanzó el concurso para cubrir el puesto.
Las fechas son largas y con varios pasos. El tiempo concreto que tienen los y las interesados para presentarse es desde el 13 de junio y hasta el 26 de julio. Luego de ello, se procederá a la apertura de sobres y una comisión evaluadora determinará quién será el o la que cubrirá el puesto de Defensor del Pueblo y el Ambiente.
Los interesados deben presentar en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante de San Martín de los Andes, un sobre que contenga una nota dirigida a la Comisión Evaluadora en la que manifieste su interés de ocupar el cargo de Defensor del Pueblo y del Ambiente, así como toda documentación que estime pertinente a fin de acreditar los requisitos exigidos para asumir el cargo.
Las bases y condiciones estarán disponibles en las mismas fechas y horarios que deberán entregar el sobre. A partir del lunes 13 de junio al viernes 08 de julio de 2022 de 8 a 13horas y del lunes 11 de julio al martes 26 de julio de 9 a 12 horas.
Los requisitos son:
- Ser argentino.
- Tener más de 25 años de edad.
- Tener una residencia continua e inmediata anterior a su designación de cuatro (4) años en la ciudad de San Martín de los Andes.
En tanto que las incompatibilidades son:
- El de funcionario o empleado público de la Nación, de la Provincia o de otras provincias o de las municipalidades, con excepción de cargos docentes y de las comisiones honorarias eventuales.
- Todo otro cargo de carácter electivo nacional, provincial, municipal o de otra provincia, con excepción del de convencional constituyente.
- El de director, administrador, gerente, propietario o mandatario por sí o por asociado de empresas privadas que en cualquier forma contraten con el Gobierno nacional, provincial o municipal, o la prestación de servicios profesionales de las mismas empresas.
- El desempeño de funciones y/o actividades partidarias de cualquier índole, el ejercicio de su profesión, y en actuación en todo caso que hubiera entre su interés particular y el interés público.