
Tramas que cuidan 29: Cuando la burla deja de ser un juego ¿Qué conductas naturalizamos y qué daños dejamos de ver?
Redacción NA
Actualidad06/11/2026Reflexiones del IFD3 para una comunidad que elige acompañar
Redacción NA
El Municipio de nuestra ciudad, a través del Decreto 2058/20, adhirió a la Resolución 090/2020 que establece la ampliación, en el ámbito de la Provincia del Neuquén, del factor de ocupación y el aforo máximo para la realización de actividades religiosas presenciales.
Estas medidas fueron establecidas de acuerdo a las disposiciones generales y particulares de los protocolos sanitarios básicos aprobados en la Resolución Nº 74/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete.
Las iglesias, templos y lugares de culto de cercanía podrán realizar actividades religiosas presenciales autorizadas, de lunes a domingo, en el horario de 7:00 a 22:00 horas.










