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title: "Habilitaron las actividades religiosas en Iglesias, templos y lugares de culto"
article_type: "Article"
description: "La medida fue confirmada en base al Decreto Nacional 529/20, en el que se especifica que las mismas no deben contar con una concurrencia superior a 10 personas. Las reuniones podrán realizarse de lunes a sábados de 8 a 20 hs."
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date_published: "2020-06-13T00:06:00-03:00"
date_modified: "2020-06-12T12:40:28-03:00"
author_name: "Redacción NA"
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category_name: "Actualidad"
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# Habilitaron las actividades religiosas en Iglesias, templos y lugares de culto

![san jose](/download/multimedia.miniatura.ad818e2a5aeb7e15.73616e206a6f73655f6d696e6961747572612e706e67.png)

Los asistentes deberán mantener entre ellos una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.

Las reuniones podrán realizarse de lunes a sábados de 8 a 20 horas, estando permitida la circulación de personas entre ciudades de un mismo departamento.

La Unidad de Culto local informó que los espacios religiosos de la Ciudad ya fueron notificados de la medida y de los protocolos sanitarios respectivos.

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