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title: "Denuncia contra Saloniti: el detalle de los 136 suministros bajo sospecha y el pedido de allanar el secreto bancario del municipio"
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description: "El expediente que Jorge Fabián Sepúlveda presentó ante la Unidad Fiscal de la IV Circunscripción es más extenso de lo que trascendió hasta ahora. La denuncia reconstruye una cadena de alertas que arranca en 2023 y pide, entre otras 20 medidas de prueba, el levantamiento del secreto bancario de las cuentas municipales."
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# Denuncia contra Saloniti: el detalle de los 136 suministros bajo sospecha y el pedido de allanar el secreto bancario del municipio

La denuncia penal contra el intendente Carlos Javier Darío Saloniti, radicada el 18 de agosto ante la Fiscalía de la IV Circunscripción Judicial, contiene precisiones que no habían llegado a conocerse en detalle. El texto completo del escrito —al que accedió este medio— permite reconstruir con mayor precisión la magnitud de lo que se investiga y el mapa de pruebas que el denunciante Jorge Fabián Sepúlveda, con el patrocinio del Dr. Andrés Cury, puso a disposición del Ministerio Público Fiscal.

## Una auditoría de 136 suministros

El eje de toda la presentación es un único documento oficial: la Nota de Contraloría Municipal N° 2022/2026, firmada el 30 de julio por el Contralor Jorge A. Fernández y dirigida al propio Saloniti. Según el escrito, ese informe auditó de manera individual **136 suministros eléctricos** registrados a nombre del municipio ante el EPEN.

La nota de Contraloría —que la denuncia cita como prueba central, no como opinión de un particular— describe la situación con dureza: habla de un listado que "refleja los suministros que ante esta Contraloría se presentan extraños", menciona domicilios "no identificables" con consumos "exagerados" y concluye que eso "nos indican ya de un control y administración deficiente". Entre los casos señalados figuran viviendas particulares, un taller de chapa y pintura y hasta dependencias que corresponderían a otros niveles del Estado.

Uno de esos 136 puntos es el suministro de Capitán Drury 850, con factura del EPEN del 17 de julio a nombre de la Municipalidad, cuyo domicilio —céntrico— no coincide ni con el predio del Regimiento de Caballería de Exploración de Montaña 4 ni con la traza de la Ruta Provincial 62, los dos destinos que había invocado el Decreto municipal N° 1397/2024 para justificar pagos de energía.

## La alerta que empezó tres años antes

La denuncia sostiene que la Nota de Contraloría de julio no fue la primera señal de alarma que recibió el municipio, sino la segunda. La primera había llegado en 2023, cuando el propio EPEN inició un expediente (5001-211/23) para "solicitar intervención por uso indiscriminado de energía eléctrica en loteos". Ese trámite, según consta en la Resolución del Concejo Deliberante N° 271/2025, sigue en trámite legislativo sin resolución.

Entre esa primera alerta y la Nota de Contraloría de este año, el Departamento Ejecutivo dictó, durante 2024, los Decretos N° 686, 1385 y 1397, que habrían autorizado el pago de facturas de energía invocando como destino al Regimiento de Caballería o el alumbrado de la Ruta 62. En octubre de ese año, según la documentación incorporada al expediente del Concejo Deliberante, se habría concretado un pago de $5.433.246,18 por transferencia y libranza. El propio pedido de juicio político presentado por Sepúlveda el 3 de agosto va más allá y afirma que se habrían transferido hasta $60.000.000 en fondos municipales para cubrir deudas de energía del Ejército Argentino, sin que exista una ordenanza del Concejo que autorice ese gasto.

A esas cifras se suman las seis facturas del EPEN que Sepúlveda acompañó al ampliar su pedido de juicio político el 5 de agosto, todas a nombre de la Municipalidad: un total mensual documentado de $2.230.872,33 y una deuda acumulada, informada en las propias boletas, de $1.473.205,85.

## El rechazo del juicio político, leído como un mapa de ruta

El Concejo Deliberante había rechazado, el 5 de agosto, el pedido de juicio político contra Saloniti por considerar que no había "mérito suficiente" (Expediente 05001-156-26). La denuncia penal no discute ese rechazo: lo usa como argumento a favor de judicializar el caso. Según el escrito, la propia resolución del Concejo reconoce dos cosas: que los delitos de malversación y abuso de autoridad requieren sentencia firme para habilitar un juicio político —lo que vuelve "lógica y jurídicamente previa" a la investigación penal—, y que el cuerpo legislativo carece de facultades para producir una investigación preliminar. Para la denuncia, eso deriva el caso, directamente, a la Justicia.

## El contraste que la denuncia llama "doble estándar"

Uno de los tramos más contundentes del escrito compara el criterio que el propio municipio aplicó en otros casos. El Boletín Oficial Municipal N° 792 documenta que, el 18 de diciembre de 2025, el Concejo Deliberante exigió a dos vendedores de un carro gastronómico y a una asociación civil sin fines de lucro que pagaran "a cuenta y cargo" propio su conexión de luz, sin excepciones pese a perseguir fines sociales. La denuncia contrasta esa exigencia con el hecho de que, en simultáneo, el municipio mantenía a su nombre y dentro del régimen de compensación con el EPEN los consumos de viviendas particulares y de un taller de chapa y pintura.

El escrito aclara que ese contraste no se postula como fundamento autónomo de la imputación, sino como refuerzo de que la irregularidad difícilmente responda a un error administrativo: si el criterio del propio Concejo es que los particulares corren con su propia energía, la eventual existencia de una excepción no escrita a favor de determinados vecinos resulta, según los términos de la denuncia, "doblemente implausible".

## Qué pide la denuncia: de los oficios al secreto bancario

El capítulo de prueba enumera 20 medidas, de las cuales el denunciante destaca cuatro como prioritarias: que el EPEN y la Contaduría municipal informen todos los pagos reales realizados desde enero de 2024 por los suministros observados; qué ocurrió con cada uno de los 136 suministros después de la advertencia del 30 de julio; que el municipio sea intimado a presentar cualquier ordenanza o convenio que legitime cada suministro; y que se confirme si la Contraloría ya había denunciado penalmente estos hechos, para acumular la causa.

Pero el pedido va más allá de los oficios administrativos. Entre las medidas complementarias, la denuncia solicita el **levantamiento del secreto financiero** de las cuentas municipales (invocando el artículo 39 de la Ley de Entidades Financieras), una pericia contable de trazabilidad cruzada sobre los pagos de energía desde 2024, el secuestro de las órdenes de pago y expedientes administrativos, y una pericia informática sobre el sistema contable municipal para determinar si hubo cargas retroactivas.

El escrito incluye además una "línea patrimonial" que, por ahora, se plantea como subsidiaria: si las medidas anteriores revelaran desvíos de fondos hacia patrimonios particulares, pide desde ya las declaraciones juradas patrimoniales del intendente y de los funcionarios de Hacienda, Contaduría y Tesorería, informes sobre bienes registrables, y —en ese escenario— la eventual comunicación a la Unidad de Información Financiera bajo las figuras de enriquecimiento ilícito (art. 268 (2) CP) y lavado de activos (art. 303 CP).

## La aclaración que hace el propio denunciante

El texto dedica un capítulo entero a dejar planteada la hipótesis favorable al intendente: que los suministros cuestionados cuenten con algún título jurídico que los ampare, ya sea una ordenanza de asistencia social, un comodato o un convenio con el Ejército Argentino. El denunciante afirma no conocer ninguna norma con ese alcance y remarca que tampoco la Contraloría la invocó al calificar los consumos como "extraños". Por eso, una de las medidas de prueba pedidas apunta justamente a que el municipio acompañe esa documentación, si existe.

La denuncia aclara también, en dos oportunidades, que el reproche legal no recae sobre los vecinos que ocupan las viviendas señaladas por Contraloría, y pide de manera expresa que ninguna de las medidas que se dispongan implique el corte del suministro eléctrico a esos hogares.

Con la denuncia ya radicada y notificada formalmente al Concejo Deliberante, el expediente queda ahora en manos de la Unidad Fiscal de la IV Circunscripción, que deberá resolver si avanza con la investigación penal preparatoria y con el paquete de medidas de prueba solicitado.

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