Condenaron a un hombre por abusar de su expareja

Región - Villa La Angostura 04 de abril de 2022 Por Redacción
A partir de la investigación y la acusación del fiscal del caso Adrián De Lillo, un hombre que interceptó a su expareja mientras realizaba ejercicio al aire libre y la agredió sexualmente fue declarado responsable luego de tres días de juicio.
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El hecho ocurrió el 11 de octubre en un circuito aeróbico de Piedra del Águila, cuando cerca de las 16, la mujer, que estaba terminando su rutina de ejercicios, fue interceptada por su expareja, E.Z. “Fue muy clara respecto de lo que sintió: incertidumbre. Y es más, nos dijo que quería volver para atrás, y que pensó: que sea lo que Dios quiera. Eso fue lo que sintió”, detalló el fiscal De Lillo durante el alegato de cierre del juicio, en referencia al testimonio de la víctima. Explicó que inmediatamente después ocurrió el abuso, en el que hubo una situación de violencia y del que la mujer, en un momento determinado, pudo zafarse y salir corriendo. Escapó hacia una chacra cercana y, como primera reacción, pidió un vaso de agua al propietario. Este último, al ver al hombre llegar después de ella, notó una situación “de miedo” en la víctima, por lo que le ofreció quedarse y le pidió a E.Z que se fuera del lugar.

Además del hecho concreto en el que ocurrió el abuso, el fiscal del caso describió un contexto previo de violencia con una la relación de pareja desde la adolescencia que “se fue poniendo cada vez más violenta”. “No la dejaba salir, le sacaba el celular o la ropa para que no se pudiera ir”, apuntó De Lillo, que remarcó la importancia de prestar atención a estos aspectos. “Perspectiva de género es darle una importancia fundamental al relato de la víctima; es entender por qué realiza la denuncia cuatro días después. Ella no miente, ella dice su verdad”, afirmó el fiscal.

Tras escuchar a las partes, el juez de garantías hizo lugar al pedido de la fiscalía y declaró a E.Z autor penalmente responsable por abuso sexual simple (artículos 119, primer párrafo, y 45 del Código Penal).

La pena se deberá discutir en otra audiencia, con nueva prueba y en fecha a determinar por la Oficina Judicial.

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